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miércoles, 14 de julio de 2021

El Gobierno autorizó una SUBA del 5% RETROACTIVA a julio en los precios de internet, telefonía y cable

 


La resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), a través de la Resolución 862/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, estableció que “las licenciatarias de Servicios de Telefonía Fija (STF), podrán aplicar un aumento, retroactivo al 1° de julio de 2021 y de hasta un 5%, en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas”

Además el organismo gubernamental estableció en $25, con impuestos incluidos, el valor máximo del precio de recarga de 50 MB de datos móviles por día; en $0,38, con impuestos incluidos, el valor máximo del precio del segundo de voz; y en $5 con impuestos incluidos, el valor máximo del precio del SMS, para servicios móviles en la modalidad “prepaga pura”. Dichos incrementos podrán ser aplicados por las empresas tras la publicación de la presente resolución. No obstante, el ENACOM definirá los próximos valores máximos de los precios minoristas de los servicios en la modalidad “prepaga pura”.

En el Artículo 3 se determinó que los licenciatarios de servicios de acceso a internet (SVA-I), de servicios de telefonía fija, de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y radioeléctrico y de servicios de comunicación audiovisual de radiodifusión por suscripción mediante vínculo satelital, también podrán incrementar el valor de todos sus precios minoristas hasta un 5% retroactivo al 1° de julio de 2021.

El año pasado, en medio de la estricta cuarentena, el Gobierno congeló el precio de los servicios de telecomunicaciones y prohibió hasta fin de 2020 el corte de los mismos por falta de pago. Ya en 2021, permitió un aumento general del 5% para enero, y otro de hasta el 7% en febrero para aquellas empresas que posean menos de cien mil accesos totales. A fines de dicho mes, el ENACOM permitió a las compañías de telefonía celular aumentar un 7,5% y un 2,5% en febrero y marzo; y a las de TV por cable, internet y telefonía fija, entre el 5% y el 7,5% a partir de marzo. Puso como condición que las empresas del mercado devuelvan aumentos que se hubieran realizado de manera indebida en los dos primeros meses de 2021.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/246868/20210714

sábado, 6 de febrero de 2021

Aclaración sobre las medidas judiciales referidas a la regulación de precios en servicios TIC

 


El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) informa a todas las empresas de televisión por cable y a los usuarios y usuarias que el comunicado emitido por ATVC es erróneo, ya que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20, ratificado por el Poder Legislativo, se encuentra plenamente vigente.

 La medida cautelar transitoria dictada por el Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba se limita exclusivamente a la empresa TV CABLE COLOR S.R.L. de la localidad de Villa del Rosario, aplicándose la normativa a todas las demás empresas del sector.

Asimismo, corresponde informar que varias empresas del sector han recurrido a la Justicia para cuestionar la constitucionalidad de los DNU 311/20 y 690/20 y las Resoluciones dictadas por ENACOM, y solicitar la aplicación de medidas cautelares, con resultado adverso para todas ellas.

 TELECENTRO S.A. Y OTRO C/ EN- PODER EJECUTIVO s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO (Expte. Nº CAF 12493/2020) se encuentra en trámite ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 4. Este expediente fue iniciado conjuntamente por las empresas TELECENTRO S.A. y DIRECTV S.A. y el planteo es obtener la declaración de inconstitucionalidad del DNU 690/20.

Del mismo modo, solicitaron que cautelarmente se suspendan los efectos y la aplicación del referido decreto.No obstante, en fecha 27/11/2020 el Juzgado interviniente rechazó la medida cautelar articulada por el consorcio actor.

 TELECOM ARGENTINA S.A. C/ EN-ENACOM Y OTRO S/ MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA (Expte. Nº CAF 12.881/2020) se encuentra tramitando en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 8. El planteo de la licenciataria fue la suspensión de los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del DNU 690/20, en tanto los considera nulos de nulidad absoluta por violar los artículos 14, 17, 19, 28, 31, 32, 33, 42, 75 inciso 22, 76 y 99 inciso 3 de la Constitución Nacional y lo establecido en el artículo 30 de la Convención IDH. Posteriormente amplió el pedido cautelar contra las resoluciones reglamentarias del decreto, dictadas por el Ente Nacional de Comunicaciones.

En fecha 29/01/2020 el Juzgado de feria dictó sentencia rechazando la medida cautelar solicitada por la licenciataria.

 TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A. Y OTRO C/ EN S/ PROCESO DE CONOCIMIENTO (Expte. Nº CAF 014328/2020) en trámite ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 5. En este caso, la licenciataria solicitó la declaración de inconstitucionalidad del DNU 690/20 y de toda la normativa que se dicte en consecuencia, a la vez que requirió la suspensión cautelar de toda la normativa en cuestión. 

No obstante, a la fecha su planteo no cuenta con resolución judicial alguna.

Al respecto, y en abierta contradicción con las resoluciones judiciales detalladas recientemente, se expidió el Juzgado Federal de Córdoba Nº 1, en una decisión que maliciosamente es malinterpretada por algunas empresas y cámaras empresarias, que intentan confundir a la opinión pública y dar un alcance general a una decisión particular.

 No resulta serio pretender aplicar en el derecho argentino una resolución judicial particular a otras empresas sin legitimación en el proceso.No resulta serio que multimedios o empresas multinacionales argumenten que su situación patrimonial es idéntica a la de un pequeño cable del interior del país.

A partir de la medida cautelar dispuesta por el Juzgado Federal de Córdoba Nº 1, en relación con la suspensión de los DNU 311/20 y 690/20, ENACOM reitera y aclara que la misma se trata de una medida ordenada en el marco de un proceso individual cuyos efectos se acotan al caso concreto y no resulta aplicable al total de las licenciatarias; es decir, únicamente para la empresa TV CABLE COLOR S.R.L. y sus menos de 1.000 usuarios y usuarias de la localidad de Villa del Rosario ,de la provincia de Córdoba.

 Esta decisión solo es aplicable para un caso concreto, pero no suspende el DNU. La empresa prestadora de servicios de TV por cable, que posee menos de 1.000 abonados y abonadas, solicitó que no se aplique el DNU 311/20, que hoy ya no tiene vigencia, y el DNU 690/20, incluido el congelamiento que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2020 y que hoy ya no está en vigor. Cabe aclarar que a esta empresa se le autorizó aumentar un 8% en enero y 7% en febrero.

 Tratándose la discusión central de la constitucionalidad de los DNU 690/20 y 311/20, el Tribunal interviniente no notificó la solicitud de la medida dispuesta mediante el procedimiento correspondiente al Poder Ejecutivo de la Nación (PEN), que tiene a su cargo la defensa procesal de dicha normativa y de velar por la salvaguarda del interés público comprometido en el caso. En tal sentido, y solapado bajo la declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Medidas Cautelares, se privó al PEN de ensayar su argumentación y se decidió la procedencia de la cautelar sobre la base de los dichos unilaterales de la empresa actora.

Asimismo, la resolución del Juzgado se encuentra en abierta contradicción con el dictamen del fiscal federal, quien, en oportunidad de expedirse, con argumentos sólidos y contundentes, auspició el rechazo de la cautelar dictada. Finalmente, debe destacarse la provisoriedad de la sentencia cautelar, en cuanto su duración está prevista hasta el dictado de la sentencia de la acción principal de la causa. Se violó el derecho de defensa del Estado y se actuó en detrimento de los intereses de los usuarias y usuarios.

 Durante diciembre pasado ENACOM, mediante la Resolución 1466/20, reglamentó el DNU 690/20, en la cual se autoriza, para el mes de enero de 2021, un ajuste del 5% para ser aplicado por los licenciatarios de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) que presten servicios de acceso a Internet; de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico, radioeléctrico o satelital; de telefonía fija, y de comunicaciones móviles, todos con sus distintas y respectivas modalidades.

 Para el caso de los licenciatarios que posean menos de 100 mil accesos y que no hubieran aumentado sus precios en cualquiera de sus planes y servicios durante el año 2020, el incremento autorizado fue de hasta un 8% para enero. Sin embargo, las PyMES y cooperativas realizaron una presentación ante el Organismo en la que detallaron sus estructuras de costos, las cuales se encuentran atadas al valor dólar en la mayoría de los rubros. Por ello, ENACOM autorizó “ad referéndum” de la próxima reunión de Directorio un incremento adicional de 7% a partir del 1 de febrero.

 La citada normativa se encuentra plenamente vigente y operativa, por lo que ENACOM, como autoridad de aplicación, procedió a intimar a las empresas prestadoras a que regularicen la facturación de manera inmediata, retrotrayendo los aumentos mal aplicados y reintegrando a los usuarios y usuarias el dinero facturado indebidamente. A su vez, el Ente inició los procedimientos administrativos pertinentes para aplicar las sanciones que corresponden.

 https://www.enacom.gob.ar/institucional/aclaracion-sobre-las-medidas-judiciales-referidas-a-la-regulacion-de-precios-en-servicios-tic_n2991


lunes, 25 de enero de 2021

El Gobierno intimó a Telecom a devolver el aumento de Cablevisión y prometió sanciones

 


Lo anunció el vicepresidente del Enacom, Gustavo López. La empresa respondió el alza que sigue vigente porque todavía hay reclamos administrativos en curso. El Gobierno intimó a Telecom a devolver el aumento de Cablevisión y prometió sanciones

La batalla entre el Gobierno y Telecom tiene una nueva escaramuza. El Gobierno intimó a la empresa a que devuelva el aumento de más cobrado en las facturas de sus servicios de televisión paga (Cablevision) e Internet (Fibertel). La compañía aplicó un incremento del 20% cuando, oficialmente, se había autorizado sólo un 5%. Además, según consignó un cable de la agencia TELAM, le abrió un sumario a para aplicar las sanciones que correspondan.

Sin embargo, fuentes de la empresa respondieron a este diario que el aumento se mantiene vigente, dado que todavía no hay definición sobre el recurso administrativo que presentó la cámara del sector, la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC).

"Le estamos mandando la intimación a Cablevisión, que fue la empresa que aplicó este aumento, para que no sólo devuelva lo que cobró más en enero, sino que se abstenga de cobrar febrero hasta tanto re facture y lo haga correctamente, con el 5%, más la devolución del mes anterior", declaró Gustavo López, vicepresidente del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

En rigor de verdad, Cablevisión ya no es una empresa, sino la unidad de televisión paga y servicios de Internet de Telecom Argentina, tras la fusión entre ambas compañías, aprobada en junio de 2018.

Según el funcionario -hombre del kirchnerismo-, el 20% del aumento que aplicó Telecom en estos abonos "es un abuso ilegal", citó Télam. Recordó la existencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690 de 2020, que definió a la telefonía celular, la televisión paga y el acceso a Internet como servicios públicos y esenciales, y creó una prestación básica universal (PBU), que empezó a regir este mes. "A partir de ese momento (la sanción del decreto), es el Estado, a través del Enacom, el que fija la posibilidad de un aumento y de cuándo".

Telecom está controlada por Cablevisión Holdings y el fondo Fintech. Los titulares de la primera sociedad son Héctor Magnetto, José Aranda, Lucio Pagliario y los hermanos Marcela y Felipe Noble Herrera, todos, también accionistas del Grupo Clarín. Fintech, en tanto, pertenece a David Martínez, inversor mexicano que siempre tuvo conexiones con el kirchnerismo y al que, sin ir más lejos, se le atribuyeron exitosas gestiones a favor del canje de deuda soberana que cerró la Argentina el año pasado.

Con Cablevision y Fibertel, Telecom es la mayor prestadora de televisión por cable e Internet del país. Al 30 de septiembre de 2020, última información contable disponible, registraba 3,6 millones de abonados al primer servicio (69.000 más que al 30 de junio) y 4,2 millones de accesos a banda ancha (78.000 por encima del trimestre anterior).

Las tensiones entre la empresa y el Gobierno comenzaron ni bien, en la noche del viernes 21 de agosto, Alberto Fernández firmó el decreto que declaró a la telefonía celular, la TV paga y el acceso a Internet como servicios esenciales. Al lunes siguiente, el CEO de Telecom, Roberto Nobile, declaró que la medida le puso incertidumbre al plan de inversiones, de u$s 600 millones, que la empresa planificó para este año.

Telecom venía de cerrar un canje de deuda por u$s 690 millones que refinanció sus compromisos financieros para 2021, lo que, a su vez, descomprimió la caja para poder continuar con su programa de desembolsos. En paralelo, la empresa avanzaba en propuestas similares con sus bancos acreedores. Pero, por la inesperada sanción del decreto, una de las entidades le informó a la empresa que ya no podría continuar con esas charlas, por el imprevisto cambio de condiciones.

Telecom venía de informar un primer semestre con una ganancia de $ 1961 millones, 80% inferior a la de un año antes. El motivo principal fue el impacto de la devaluación, para un compañía de costos dolarizados e ingresos pesificados. Su facturación, de hecho, retrocedió 1,4% en términos reales -es decir, descontada inflación-, a $ 124.658 millones.

En nueve meses, al 30 de septiembre, recaudó $ 208.220 millones, con una pérdida neta de $ 1249 millones. Las ventas por servicios, $ 197.044 millones, cayeron 3,6% en términos reales. En el tercer trimestre (julio-septiembre), bajaron 8% interanual, a $ 62.844 millones. "Según lo convenido en el acuerdo con el Enacom, no se incrementaron los precios de telefonía móvil y fija, Internet y TV paga, desde el 1 de mayo hasta el 31 de agosto de 2020", explicó Telecom en su informe de resultados. "De acuerdo con lo establecido por el decreto 690/2020, se ha producido la suspensión de los aumentos o modificaciones de precios establecidos o anunciados desde el 31 de julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020", precisó, en relación a la decisión oficial de congelar los precios de las telecomunicaciones, para atenuar el impacto económico de la cuarentena.

A fines de diciembre, el Gobierno anunció la creación del plan de prestación básica universal y, además, informó que sólo se habilitarían incrementos en los planes de hasta un 5%, en el caso de las grandes operadoras, y del 8%, para las pequeñas empresas y cooperativas.

En ese momento, Telecom emitió un comunicado en el que afirmó que el Gobierno "estrangula" al sector. Agregó que, con un aumento de sólo el 5%, "está destruyendo la ecuación económica de las empresas TIC". Semanas antes del pronunciamiento del Enacom, las grandes operadoras -Telecom, Movistar y Claro- ya habían anunciado a sus clientes aumentos del 20% a partir de enero.

"El aumento informado oportunamente se mantiene vigente. La cámara que representa a las empresas del sector, ATVC, presentó un recurso administrativo, en defensa de los derechos de sus empresas asociadas. Cualquier novedad se informará a los clientes por los canales habituales y de corresponder se realizarán los ajustes pertinentes", respondieron en Telecom, en relación a la devolución del importe cobrado que anunció este lunes el Gobierno.

López sostuvo su postura con un fallo de la Justicia marplatense, que, dijo, ya le indicó en diciembre a Cablevisión que debía devolver el dinero. "Sin embargo, como si fueran los dueños de la Argentina, no sólo no lo hacen, sino que desafían la Ley, la autoridad y el fallo del Poder Judicial cobrando un aumento", proclamó el funcionario, número dos del organismo que encabeza el massista Claudio Ambrosini.

"Nosotros no sólo estamos haciendo esta intimación, sino que, además, estamos procurando denunciar una posible maniobra que está preparando el grupo (Cablevisión) con un juez de feria en la Ciudad de Buenos Aires, del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Número 10, (Edgardo) Lara", amplió López, en declaraciones radiales.

Este juez, indicó, "tiene el expediente" de Cablevisión (Telecom). "Si llega a tirar hacia atrás al decreto 690, les permitirá a las empresas facturar lo que quieran y dejará a la gente con un aumento y sin PBU", aseguró el vicepresidente del Enacom, abogado y periodista con origen en el radicalismo.

López, que, en la presidencia de Fernando de la Rúa, encabezó el Comfer y, con el kirchnerismo, presidió el Sistema Nacional de Medios Públicos (2007-2008) y fue subsecretario general de Presidencia (2008-2015), prometió "las sanciones más duras que se puedan aplicar" para Telecom. Aclaró que son penas económicas. Y acusó a la empresa de resistirse a la existencia de la PBU.

 Fuente: cronista.com


sábado, 19 de diciembre de 2020

Prestación Básica Universal y Obligatoria (Telefonía Celular - Fija - Internet - TV paga)

 Por primera vez en nuestro país, desde el Estado vamos a implementar una Prestación Básica Universal para los servicios de telefonía móvil y fija, Internet y TV paga a partir del 1 de enero de 2021. La misma está destinada a personas que perciban menos de dos salarios mínimos, vitales y móviles, clubes de barrio y de pueblo debidamente registrados, asociaciones de bomberos voluntarios y entidades de bien público.

Con la reglamentación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20, se pone en marcha una política de creación de nuevos derechos ciudadanos a través de la Prestación Básica Universal y Obligatoria.

 A partir de hoy, la telefonía celular, la telefonía fija, Internet y la televisión paga estarán al alcance de todos y todas, ya que constituyen servicios públicos esenciales en competencia.

Universo de usuarias y usuarios que puede acceder al beneficio: (+)

 Podrán optar por adherirse a las Prestaciones Básicas Universales y Obligatorias (PBU) los siguientes usuarios y usuarias:


A) Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años, y miembros de su grupo familiar (padre/madre, cónyuge/conviviente).

B) Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles  como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años./

C) Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

D) Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

E) Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles  como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

F) Usuarios y usuarias que perciban seguro de desempleo como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

G) Usuarios y usuarias incorporados e incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N°26.844)  como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

H) Usuarios y usuarias que perciban una beca del programa Progresar.

I) Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

J) Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años.

K) Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.

L) Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.

M) Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).










jueves, 3 de septiembre de 2020

El ENACOM se reunió con representantes de las Telcos (AMX .Claro - Telefónica-Telecom)




El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) mantuvo un encuentro con las tres empresas de telefonía móvil del país para trabajar una agenda en común de cara a la reglamentación del Decreto 690/2020.

Como continuidad de las distintas mesas de trabajo que ENACOM mantiene abiertas con todos los actores del sector TIC, autoridades del organismo se reunieron con representantes Telefónica S.A.; Telecom Argentina S.A.; y AMX (Claro); donde acordaron la continuidad del dialogo entre el Estado y el sector privado para establecer una reglamentación que atienda las necesidades de todos los integrantes del sector de las telecomunicaciones y que tengan en cuenta los intereses de los Usuarios y Consumidores.

En ese sentido, las Telcos se comprometieron a participar de una nueva reunión junto a la totalidad del ecosistema de la industria (PyMes, Cooperativas, Federaciones y Usuarios) para establecer una visión integral de cara al futuro y desarrollo del sector TIC durante los próximos años.

En relación a ellos, las empresas manifestaron la necesidad de contar con un horizonte de previsibilidad respecto del mercado y que permita garantizar la sustentabilidad de la industria.

Finalmente, en base a lo conversado, las Telcos se comprometieron a comunicar en forma clara a sus clientes lo informado por ENACOM en relación de lo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20 que suspende cualquier aumento o modificación de precios de telefonía móvil y fija, Internet y TV paga, desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020. En caso que los usuarios y clientes reciban una factura con aumento aplicado, las empresas procederán a emitir una nota de crédito en la próxima facturación.

Participaron de la reunión el presidente de ENACOM, Claudio Ambrosini; el vicepresidente, Gustavo López; los directores Gonzalo Quilodrán, María Florencia Pacheco, Alejandro Gigena; el jefe de Gabinete, Ariel Martínez; el director de Asuntos Jurídicos y Regulatorios, Diego Leiva, y el coordinador general de Asuntos Técnicos, Sergio D'Uva. También asistió Micaela Sánchez Malcolm, secretaria de Innovación Pública.

Por parte de las Telcos formaron parte Alejandro Lastra y Juan Manuel Hadad (Telefónica S.A.); Hernán Verdaguer y Hernán Colombo (Telecom Argentina S.A.); Alejandro Quiroga López y Juan Pablo Tognetti (AMX– Claro).

lunes, 6 de julio de 2020

Enacom lanzó un paquete de medidas para llevar Internet y servicios TIC a toda la Argentina




El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) lanzó un paquete de programas y medidas para llevar Internet y servicios TIC a toda la Argentina, con una inversión total de 3.800 millones de pesos, «como parte de las políticas públicas impulsadas por el gobierno Nacional para acortar la brecha digital que existe con las zonas más aisladas, menos desarrolladas y más vulnerables», según un comunicado de la cartera.
En el marco de la 61° reunión de Directorio de ENACOM se aprobaron un conjunto de medidas para llevar y garantizar la conectividad en las poblaciones más vulnerables, tanto en el marco de la pandemia COVID-19, como en la salida posterior al aislamiento social, asegurando conectar a los argentinos de los sectores más indefensos, que nunca tuvieron la oportunidad de acceder a servicios TIC. Esta política pública también genera empleo sostenible y virtuoso en todo el país, consolidando a las empresas de telecomunicaciones como un sector clave para el crecimiento.
Debido a ello, ENACOM en primer lugar decidió:
1- Implementar el programa para el “Desarrollo De Infraestructura Para Internet destinado a Villas Y Asentamientos Inscriptos En El Registro Nacional De Barrios Populares En Proceso De Integración Urbana (RENABAP)”, que tendrá un presupuesto de 1.000 millones de pesos. Por primera vez, se tiene un programa específico con soluciones tecnológicas particulares para poder llegar eficazmente con conectividad a las familias más desprotegidas.
2- Desarrollar el «Programa De Acceso A Servicios Tic A Poblaciones De Zonas Adversas y Desatendidas Para El Despliegue De Redes», otorgando a este la suma de hasta 300 millones de pesos. Por este programa se implementarán soluciones integrales para zonas alejadas de los grandes conglomerados urbanos de difícil acceso la gran mayoría de las veces.
3- Crear el “Programa De Acceso A Internet Para Instituciones Públicas», al cual se reservarán hasta 2.000 millones de pesos y será destinado a llevar conectividad a instituciones nacionales, provinciales y municipales en los ámbitos de la salud, la educación y la seguridad.
4- Desarrollar el “Programa De Despliegue De Redes De Acceso A Servicios De Comunicaciones Móviles”, destinando a este la suma de hasta 500 millones de pesos y que tiene como finalidad el desarrollo de nuevas tecnologías para otorgar conectividad a lo largo de los corredores viales del país.
Con el objeto de agilizar la implementación de dichos proyectos, ENACOM modificó el Reglamento General de Servicio Universal, agregando definiciones sobre inversiones y requisitos de los proyectos, entre otros, para acelerar la creación de puestos de trabajo en el sector TIC.
Fuente: Enacom

martes, 19 de mayo de 2020

El gobierno Nacional congela los precios de telefonía fija y móvil, internet y de la tv paga





Durante la tarde de hoy el Poder Ejecutivo resolvió con acuerdo de las partes una serie de disposiciones para los servicios de telefonía móvil y fija, Internet y TV paga para suspender los aumentos de precios hasta el 31 de agosto de 2020, con el fin de alivianar la situación de los usuarios y usuarias afectados por la cuarentena

En relación a ello, se extenderá el beneficio “servicio reducido” que garantiza la conectividad de usuarios con sistema prepago de telefonía móvil e internet, y mantenimiento del precio hasta el 31 de octubre de 2020 (hoy vigente hasta el 31 de mayo por DNU Nº 426/2020)

Este acuerdo se suma a las medidas dispuestas por el gobierno nacional para garantizar la conectividad y el pleno acceso a la información necesaria de toda la ciudadanía, motivo por el cual tecnologías de la información y la comunicación (TIC) fueron declaradas una actividad esencial en el marco de la pandemia


lunes, 4 de mayo de 2020

Telefonía, internet y TV por cable : el Gobierno especificó cómo funciona el servicio reducido por falta de pago


Telefonía, internet y TV por cable : el Gobierno especificó cómo funciona el servicio reducido por falta de pago
Las empresas deberán informar la lista de clientes morosos y cumplir con una serie de requisitos para garantizar una prestación mínima. La medida fue anunciada a través de la Resolución 367/2020 publicada en el Boletín Oficial
Tras anunciar que se podría extender la prohibición para las empresas de telefonía fija o móvil, de internet y de televisión por cable de cortarles el servicio a los usuarios que no hayan abonado determinada cantidad de facturas, el Gobierno especificó hoy cómo funciona la prestación mínima que estas compañías deben garantizar ante la falta de pago. La medida fue anunciada a través de la Resolución 367/2020 publicada en el Boletín Oficial.
El documento, que lleva la firma del presidente del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), Claudio Ambrosini, precisó que las prestadoras tendrán que enviarle a este organismo, “en el plazo máximo de tres días corridos" a partir de este lunes, una lista con la información de sus clientes morosos.
Este registro tiene que contener los datos de los titulares de las cuentas que se hayan abierto antes del 26 de marzo último y que sean susceptibles “de cortes o suspensión con causa en la falta de pago o posean avisos de corte en curso; y sus facturas hayan tenido vencimiento a partir del 1° de marzo del corriente año”.
Las empresas también están obligadas a presentar un listado con los usuarios del sistema prepago que hayan hecho una recarga en febrero o marzo pasado. En este caso en particular, el Poder Ejecutivo ya informó que seguirá vigente hasta fines de este mes la medida que los beneficia con un servicio reducido si no renuevan su crédito.
En este sentido, el Gobierno aclaró que las compañías tendrán que informar además al ENACOM, “dentro de los primeros 15 días corridos”, el valor de todos los precios establecidos para estas prestaciones mínimas, los cuales serán “justos y razonables”.
Por otra parte, los planes de pago para saldar la deuda existente tienen que ofrecer “tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas” y no se podrá aplicar "intereses moratorios, compensatorios, punitorios, ni ninguna otra penalidad”.
A su vez, los clientes podrán acceder a un formulario especial para solicitar los beneficios mencionados en caso de que reciban un aviso de corte y cumplan con los requisitos para acceder al servicio reducido. Este documento se puede encontrar en la página formularioenacom.gob.ar.
En tanto, para obtener la misma ayuda, el resto de los usuarios particulares tendrá que “acreditar una merma de 50% o más en su capacidad de pago” o ser una asociación civil constituida como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.
Entre los considerandos, la ENACOM señaló que DNU 311/2020, publicado el 24 de marzo pasado en el Boletín oficial, estableció que las prestadoras de telefonía fija o móvil, de internet y de televisión por cable no pueden interrumpir el servicio “en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020, quedando comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso”.
En ese mismo decreto se aclaró que quienes tengan el sistema de prepago y “no abonaren la correspondiente recarga para acceder al consumo”, podrán tener este servicio mínimo “que garantice la conectividad”.ç


domingo, 22 de marzo de 2020

El Enacom aconseja el "uso responsable de internet"




En el marco de la cuarentena obligatoria, el ente remarcó que se trata de una "herramienta especial" que permite "trabajar, estudiar y mantenernos conectados e informados".

El Ente Nacional de Comunicaciones lanzó una serie de recomendaciones orientadas al uso de Internet durante la cuarentena por el COVID-19.
Utilizar las líneas fijas para llamadas de voz.

Utilizar SMS (mensajes de texto) en vez del whatsapp para la mensajería instantánea.
Evitar las comunicaciones vía streaming o videollamadas y de ser necesarias minimizar la calidad de transmisión.
Evitar el envío de materiales que no son de suma necesidad.
Ser precisos en los mensajes para no generar idas y vueltas innecesarias.
Utilizar racionalmente plataformas en línea que implican un gran consumo en la red.
No viralizar cadenas o informaciones no verificadas.
Además, el Enacom advierte seguir únicamente las recomendaciones brindadas por los medios oficiales del Gobierno Nacional, Provincial o Municipal

miércoles, 5 de febrero de 2020

Internet, monopolios y 5G: las definiciones del flamante presidente de ENACOM



Claudio Ambrosini apenas lleva poco más de dos semanas como presidente del #ENACOM, pero la agenda no espera. Afirmó a Ámbito: "No hay que romper todo y hacer una casa nueva, hay que mejorar lo que está, se hicieron muchas cosas malas y muchas buenas".
Por las dilaciones en su designación formal, Claudio Ambrosini apenas lleva poco más de dos semanas como presidente del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), pero la agenda no espera. "Recién asumí, pero tengo que ponerme sobre todos los temas", admite. Tendrá para resolver algunas cuestiones controversiales, en un negocio con jugadores de gran tamaño e intereses cruzados. Por eso prefiere no ponerse plazos: "Con estos temas importantes nos tomaremos tiempo para no tomar decisiones apresuradas". La idea es avanzar sobre lo hecho: "No hay que romper todo y hacer una casa nueva, hay que mejorar lo que está, se hicieron muchas cosas malas y muchas buenas". Y apeló al aporte de todos los sectores porque "es mucho lo que hay que hacer como para depender de los esfuerzos individuales". En un encuentro con medios del que participó Ámbito, delineó las que serán las políticas principales del ente y del Gobierno en el área.
Apoyo a cooperativas y pymes
Ambrosini las ubicó entre las tres prioridades de su gestión. "Las empresas medias y las de mejores ingresos fueron las más castigadas", explicó. Mejorar sus condiciones económicas y otorgar más licencias serán las primeras medidas. También impedir que jugadores grandes irrumpan en los mercados locales con promociones agresivas que promuevan una competencia desleal. La atribución de espectro radioeléctrico bajo un esquema de asignación regional, unos de los pedidos de las cooperativas provinciales, parece improbable por sus costos.
Ampliación del espectro radioeléctrico
Se evalúa la ampliación del espectro y elevar el límite del tope permitido, lo que para los analistas es clave si se pretende desarrollar la conectividad a Internet. Un dato: la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), sugería la asignación de unos 1.300 Mhz de espectro radioeléctrico en los países latinoamericanos para 2015 y unos 1.900 para 2020. En la Argentina ronda los 500 Mhz.
Monopolios
"Haremos lo que tengamos que hacer para ponerlos en caja, queremos que todos compitan con las mismas condiciones. No me asusta proponer cosas justas, no se pueden ofender Clarín, Claro ni Telefónica. Aunque hay que convivir con todos", afirmó Ambrosini.
Sobre las compañías telefónicas, aclaró que "no hay directivas para habilitarlas a ofrecer TV satelital" y fue tajante en que "Telecom tiene que cumplir y devolver el espectro tal como estaba acordado". Tras la compra de Cablevisión, a Telecom de Argentina le fueron transferidos los servicios de radiodifusión y las frecuencias de espectro radioeléctrico para servicios móviles pertenecientes a la operadora de cable. De esta manera, la compañía fusionada acaparó 220 MHz de espectro, unos 80 MHz por encima de los 140 permitidos. A fines del año pasado devolvió 40 MHz, por lo que aún resta una cantidad similar. Era una de las condiciones para la aprobación de la compra de Cablevisión.
Por el lado de Telefónica, y pese a las dudas que planteó un comunicado global de la compañía en noviembre del año pasado, aclaró la empresa "no muestra voluntad de irse, sino de asociarse", tomando como ejemplo el modelo adoptado en México, donde se alió con ATT para una operación de acceso a red inalámbrica 3G y 4G. Aunque en nuestro país todavía no existieron ofertas formales.
Llevar Internet a todo el país
Otro de los temas prioritarios será acelerar el mecanismo de los Aportes No Reembolsables (ANR), destinados a financiar proyectos para mejorar la infraestructura de las redes para prestar servicio de internet de banda ancha en pequeñas localidades. "Pondremos más personal dedicado a ese tema, la aspiración es mejorar el procedimiento y modificar los montos", dijo. ¿Cómo llegar a todo el país? "Los privados tienen un rol importante y vamos a exigirles, donde no lleguen tendrá que llegar el Estado".
Mapa de conectividad y 5G
"Hoy internet es un servicio público más. No puede haber zonas del país que todavía tienen 2G", explicó. Está en desarrollo la confección de un mapa para saber los alcances de la conectividad. "Antes esos mapeos se los teníamos que pedir a los privados", justificó. Pero de antemano descree de las cifras que hablan de una conectividad superior al 90%. Otro tema en carpeta es la confirmación de una mesa con todos los actores involucrados en el desarrollo de la tecnología 5G. En definitiva, creen en ENACOM, aunque el 5G tarde en llegar, como la base de la infraestructura es similar, se obtendrá un beneficio más urgente: mejorar el rendimiento del 4G.
Ley de Medios
La definió como "muy importante", aunque amplió su radio de alcance al ámbito del Poder Ejecutivo. "Es parte de una política de Estado", explicó. El presidente Alberto Fernández se refirió hace unas semanas a la posibilidad de elaborar un nuevo proyecto de ley para regular los medios de comunicación.
Medios comunitarios
Para Ambrosini es inadmisible que la subejecución del presupuesto que redistribuye recursos para fomentar a los medios comunitarios, de frontera y de pueblos originarios alcance al 70%. "Es demasiado", aseguró. El mecanismo del Fondo de Fomento Concursable de Comunicación Audiovisual (FOMECA), que provienen de gravámenes y multas a los medios de comunicación audiovisual, tendrá cambios.

jueves, 16 de enero de 2020

Designaciones en el Enacom





Tras más de un mes de acefalía, el Ente Nacional de Comunicaciones tiene nuevas autoridades. A través del decreto 64, el Gobierno designó a Claudio Ambrosini como presidente del directorio del organismo encargado de regular las telecomunicaciones.
La resolución, firmada por el presidente Alberto Fernandez y el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y con vigencia retroactiva al 2 de enero, designó además a Raúl Gonzalo Quilodrán Llamas y Gustavo López y completó así tres de los cuatro puestos que el Poder Ejecutivo ejerce dentro del directorio del ente dependiente de la Jefatura de Gabinete.@enacom Por el momento, ninguna mujer integra el espacio.
Todavía queda vacante el cuarto director en representación del Gabinete nacional, así como los otros tres lugares destinados a la oposición que debe nombrar la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización, que aún no fue integrada.
Ambrosini reemplazará a la radical Silvana Giudice, a quien la gestión de Cambiemos premió con ese puesto tras su ataque sostenido a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y su defensa irrestricta a los grande grupos empresarios de medios.
Vocero histórico de Sergio Massa, Ambrosini acompañó al presidente de la Cámara de Diputados desde su gestión en Anses. Pasó por la Dirección de relaciones Institucionales del Municipio de Tigre y escaló en el Enacom como director en representación del Frente Renovador durante el gobierno de Mauricio Macri.
Durante la transición hacia la década de 2000, López fue interventor del Comfer, uno de los organismos germen del actual ente regulador de las telecomunicaciones. Luego fue subsecretario de la Presidencia durante la segunda gestión de Cristina Fernández de Kirchner.
Quilodrán Llamas, en tanto, es un dirigente salteño que hace un tiempo abandonó el círculo urtubeicista y empezó a acercarse a Alberto Fernández. El año pasado, compitió sin éxito en las internas de la capital de esa provincia dentro del Frente de Todos.
Fuente: Pagina 12

sábado, 26 de enero de 2019

Por la vía del DNU el Gobierno TOMA el CONTROL de las frecuencias de ARSAT para dar telefonía móvil




Por la vía del DNU el Gobierno TOMA el CONTROL de las frecuencias de ARSAT para dar telefonía móvil
Esta vez, el DNU de las telecomunicaciones vino a principios de este año. Este lunes se publicó en el Boletín Oficial el decreto 58/2019 que define que las frecuencias para dar telefonía móvil que están en poder de Arsat pasarán a ser gestionadas por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) que se ocupará de ponerlas a disponibilidad del mercado donde las empresas regionales o locales, públicas o privadas, podrán acceder a ellas en una participación que no será menor al 20 por ciento.
Esto significa que las porciones de espectro que hoy tiene Arsat serán puestas a consideración del mercado, pero no serán exclusivas de los grandes operadores móviles, Claro, Personal y Movistar, sino que esta vez se abrirá la participación a operadores locales y regionales, en un mensaje directo a las operadoras independientes y cooperativas de telecomunicaciones que vienen reclamando desde hace al menos 15 años su ingreso al negocio móvil.
El decreto en cuestión afirma que “El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) asignará en forma directa a la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima AR-SAT las frecuencias que requiera para el cumplimiento de sus fines”
Y agrega que “a los efectos de generar condiciones de competencia y promover el desarrollo regional, al asignar las frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación de Servicios de Comunicaciones Móviles previstas por el Anexo II a la presente, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) otorgará participación a prestadores de Servicios TIC de carácter regional o local, públicos o privados, de acuerdo a los procedimientos previstos por el artículo 4° del decreto N° 1340/16. Dicha participación no podrá ser menor al veinte por ciento (20%) de las frecuencias indicadas en el Anexo II”, agrega el texto que lleva la firma del presidente Mauricio Macri y de los ministros que integran el Poder Ejecutivo.
En el anexo mencionado se detallan las frecuencias alcanzadas por este decreto, que sirven para dar servicios móviles 3G y 4G. Se trata de bandas nacionales de 700 mhz y de 1,7-2,1 mhz, y regionales de 1.800-1.900 mhz.
El decreto debe pasar, ahora, la instancia de aprobación de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, encargada de darle el visto bueno o no, a las DNU, que tendrá 10 días hábiles para cumplir con ese trámite, una vez que se inicien las sesiones ordinarias, el próximo 1° de marzo.
https://www.iprofesional.com/tecnologia/285200-Salio-el-DNU-telco-las-frecuencias-de-Arsat-seran-gestionadas-por-el-Enacom



Contra el DNU de Arsat

Los diputados Daniel Filmus y Pablo Carro presentarán un proyecto de ley para derogar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 58/2019 firmado por el presidente Mauricio Macri que habilita la privatización de frecuencias de Arsat, por considerarlo “inconstitucional y violatorio de la ley 27.208”. Filmus sostuvo que “el presidente Macri batió otro récord, en un solo día firmó dos decretos inconstitucionales, el 62/19 y el 58/19 que quita frecuencias a Arsat para privatizarlas. Quiere hacer negocios enajenando la soberanía y viola la ley 27.208 que demanda dos tercios del Congreso para autorizar cambios de titularidad de las frecuencias”.


martes, 28 de agosto de 2018

Que hacer si te roban el Teléfono??





Consejos para una compra segura

Comprobación

Si se busca adquirir un equipo a través de un revendedor no oficial, tanto online como en un local, se debe chequear que el número de serie electrónico único (IMEI) del teléfono no esté en la lista de bloqueados

Procedimiento

Marcando *#06* se puede acceder al IMEI; en la web  www.enacom.gob.ar/imei
  se puede verificar que no esté bloqueado

Constancias

Se debe probar la tarjeta SIM propia en el equipo que se está por adquirir para verificar que funcione. Finalmente se debe exigir al vendedor una factura en la que conste el número de IMEI del equipo que se adquiere y conservarla para presentarla, en caso de ser necesario